Servimos a toda la Florida
Abogado de resbalón y caída en Florida
Pasé casi dos décadas defendiendo a las aseguradoras en casos de accidentes. Ahora uso todo lo que aprendí para luchar por usted.
— Emanuel Galimidi, ex abogado de aseguradoras
Oficina principal en Miami · En persona o por video, en cualquier parte de la Florida

Me resbalé y caí en una tienda en Florida — ¿tengo un caso, y qué debo probar?
Puede que sí. Pero Florida fija un estándar específico. Si se resbaló con algo derramado o caído en el piso de un negocio (la ley lo llama una 'sustancia extraña transitoria'), el § 768.0755 le exige demostrar que el negocio sabía del peligro, o que estuvo allí el tiempo suficiente para que debieran haberlo sabido y corregido. Los dueños de propiedades les deben a sus visitantes el deber de mantener el lugar razonablemente seguro y de advertirles sobre peligros ocultos.
La evidencia lo es todo aquí: reportes del incidente, video de vigilancia y el peligro mismo. Desaparece rápido. Por eso importa actuar pronto.
Normalmente tiene 2 años para demandar (§ 95.11(5)(a)). Si usted tuvo parte de la culpa, lo que le pagan se reduce según su parte. Si tuvo más del 50% de la culpa, no cobra nada (§ 768.81).
Los datos clave
- Plazo para demandar
- 2 años desde la caída (§ 95.11(5)(a))
- Lo que debe probar
- Conocimiento real o implícito del peligro (§ 768.0755)
- Regla de culpa
- Puede cobrar si su culpa es del 50% o menos
- Cuánto cuesta
- Evaluación gratis de su caso · sin honorarios ni costos si no recuperamos para usted
Lo que hacen
Cómo las aseguradoras tratan de reducir lo que pagan
‘No miraba’
Argumentan que el peligro era 'abierto y obvio' o que no prestaba atención, para trasladarle la culpa.
El video desaparece
El video de vigilancia que muestra el peligro se graba encima, a menos que alguien exija rápido que lo conserven.
La oferta rápida y baja
Un acuerdo rápido antes de que haya un registro de sus lesiones, y de lo que la tienda sabía del peligro.
Próximos pasos
Qué hacer ahora
Repórtelo por escrito
Avise al gerente y pida un reporte del incidente por escrito; obtenga una copia si puede.
Fotografíe el peligro
Capture el derrame o la condición, el área y sus lesiones antes de que limpien.
Obtenga nombres y testigos
Recoja los nombres del personal y de quienes vieron la caída.
Atiéndase y exija el video
Vea a un médico, y haga que conserven el video de vigilancia de la tienda antes de que graben encima.
Ley de Florida
Las reglas que deciden su reclamo
La regla del conocimiento (§ 768.0755)
‘Debía saberlo’ es donde se ganan estos casos: cuánto tiempo estuvo el derrame, si era previsible (una entrada en día de lluvia, un refrigerador con fuga) y si alguien había recorrido el pasillo.
Deber con los invitados
Los dueños de propiedades deben mantener el lugar razonablemente seguro para las personas que tienen permiso de estar allí, y advertirles sobre peligros ocultos.
La evidencia es perecedera
Pida también los registros de inspección y limpieza de la tienda. Muestran cuánto tiempo estuvo allí el peligro. Así es como se prueba que la tienda debía haberlo sabido.
La barrera del 50% y el plazo de 2 años
Si usted tuvo parte de la culpa, eso reduce lo que recibe. No termina el reclamo. Pero cada mes que pasa hace que el argumento de la tienda de que ‘usted no estaba mirando’ sea más fácil de plantear y más difícil de responder.
Trayectoria
Resultados de un abogado que conoce el otro lado
La firma ha recuperado dinero de verdad para floridanos lesionados, incluidos acuerdos confidenciales y acuerdos por lo máximo que paga la póliza.
Cada caso es diferente y los resultados pasados no garantizan resultados futuros.Ver más resultados →
Reseñas de clientes
Lo que dicen los clientes
“Tuve un accidente en [****] y el abogado Galimidi me representó. Recibí una excelente orientación durante todo el caso y el resultado fue el esperado. Recomiendo al abogado Galimidi.”
— Michelle Gonzalez · Google“Simplemente el mejor de los mejores. Tan honesto, y siempre disponible — le da todos los consejos y todos los ángulos, y usa su conocimiento para su mejor resultado.”
— Eden Alush · Google“Gracias a su experiencia y dedicación, logramos una resolución positiva. Su compasión, dedicación y pasión por proteger los intereses de sus clientes lo hacen el mejor abogado, con altos estándares éticos de justicia y honestidad.”
— Milena · Google“El Sr. Galimidi tomó mi caso después de que destrocé mi auto en un accidente. Siempre me respondía el mismo día con respuestas y actualizaciones. Lo recomiendo mucho.”
— Jacqueline Earls · GoogleResultados individuales; los resultados varían según el caso. Reseñas traducidas del inglés; los originales están en los perfiles de Google y Avvo de la firma.
Preguntas frecuentes
Preguntas — Resbalón y caída
¿Qué debo probar exactamente?
Que el negocio sabía del peligro, o que estuvo allí el tiempo suficiente para que debieran haberlo sabido y corregido (§ 768.0755).

No había letrero de 'piso mojado' — ¿eso ayuda?
Puede respaldar su caso, pero la ausencia de un letrero por sí sola no basta automáticamente; la regla del conocimiento aún aplica.
La tienda tiene video — ¿puedo obtenerlo?
Muchas veces, solo si se conserva rápido. Si yo envío de inmediato una carta exigiendo que conserven la evidencia, eso puede frenar el borrado de rutina de la tienda antes de que se pierdan las imágenes clave.
Dicen que fue en parte mi culpa.
Eso no termina su reclamo. Lo que le pagan se reduce según su parte de la culpa. Si tuvo más del 50% de la culpa, no cobra nada.

¿Cuánto tiempo tengo?
Generalmente 2 años desde la fecha de la caída (§ 95.11(5)(a)).

¿Una condición preexistente perjudica mi caso?
No por sí sola. Si el choque empeoró una lesión o condición vieja, la ley de Florida dice que la persona que causó el choque le debe por eso. Lo que sí perjudica un caso es esconder la lesión vieja. Sea honesto con su abogado y con sus médicos.

Cuénteme qué pasó. La evaluación de su caso es gratis.
Hablará conmigo, un abogado senior que pasó casi dos décadas trabajando para las aseguradoras. No con un gestor de casos. Sin honorarios ni costos si no recuperamos para usted.
Llame 786-442-2873