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Abogado de accidentes de autobús en Florida

Pasé casi dos décadas defendiendo a las aseguradoras en casos de accidentes. Ahora uso todo lo que aprendí para luchar por usted.

— Emanuel Galimidi, ex abogado de aseguradoras

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¿Puedo demandar si un autobús me lesionó en Florida?

¿Lesionado en un autobús o por un autobús en Florida? Chárter, de tránsito, escolar o turístico: ¿qué puedo cobrar?

Importa, pero no como esperan las aseguradoras. Todo autobús, ya sea chárter, turístico, de traslado (shuttle), de tránsito o escolar, es un transportista común (un negocio que transporta al público). La ley le exige un alto deber de cuidado con sus pasajeros.

Muchos reclamos por lesiones en autobús, en buses privados chárter, turísticos y de traslado, son reclamos de valor completo sin ningún tope. Si el autobús es público (Miami-Dade Transit, un bus del condado o un bus de la junta escolar), el reclamo es contra una agencia del gobierno. Eso significa plazos más cortos para dar aviso antes de poder demandar, y límites legales sobre cuánto puede cobrar. Así que identificar temprano a la empresa o agencia correcta a la que demandar es lo que protege su caso.

En cualquier caso, por lo general tiene 2 años para presentar un reclamo por lesiones (§ 95.11(5)(a)). Si usted tuvo parte de la culpa, lo que le pagan se reduce según su parte. Si tuvo más del 50% de la culpa, no cobra nada (§ 768.81).

Los datos clave

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Plazo para demandar
Generalmente 2 años para demandar (§ 95.11(5)(a))
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Deber del transportista
Todo bus debe a sus pasajeros un alto deber de cuidado
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Buses privados y chárter
Sin tope — pago completo disponible
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Cuánto cuesta
Evaluación gratis de su caso · sin honorarios ni costos si no recuperamos para usted

Lo que hacen

Cómo las aseguradoras tratan de reducir lo que pagan

Agotar el plazo de aviso

Los reclamos contra una agencia del gobierno tienen reglas especiales de aviso. Las aseguradoras y las agencias ganan cuando esos plazos se pasan.

Señalar a otro conductor

Culpan a otro vehículo o a otro pasajero para achicar la parte de culpa de la empresa de autobuses.

La oferta rápida y baja

Un acuerdo rápido antes de que se conozcan sus lesiones y antes de aclarar a qué empresa o agencia hay que demandar.

Próximos pasos

Qué hacer ahora

Reporte y obtenga los datos

Anote la ruta, el número de bus y el operador; reporte el incidente al conductor o la agencia.

Reciba atención médica

Vea a un médico pronto y conserve cada registro.

Guarde los boletos y los nombres de los testigos

Conserve su boleto o transferencia y recoja contactos de quienes lo vieron.

Actúe rápido con el aviso al gobierno

Los reclamos por buses públicos exigen un aviso por escrito temprano. Hable con un abogado de inmediato.

Ley de Florida

Las reglas que deciden su reclamo

Deber del transportista

Ese deber cubre más que los choques. Una frenada brusca, una puerta que se cierra sobre un pasajero, un elevador o una rampa rotos, o arrancar antes de que el pasajero se siente pueden contar como descuido por el que la empresa de autobuses tiene que responder.

Buses privados y chárter

Las empresas de buses privados, chárter, turísticos y de traslado no tienen tope del gobierno. Se les puede hacer responsables por todo el daño que causan.

Buses públicos e inmunidad soberana (§ 768.28)

La inmunidad soberana significa que el gobierno recibe una protección especial cuando lo demandan. Bajo el § 768.28, usted debe enviar un aviso por escrito a la agencia y al Departamento de Servicios Financieros. Luego debe esperar un período de investigación antes de poder demandar. Y lo que puede cobrar tiene tope, a menos que la Legislatura apruebe una ley especial llamada proyecto de ley de reclamo. La ruta y el número del bus desde el primer día nos dicen cuál es esa agencia.

Plazo de 2 años (§ 95.11(5)(a))

Por lo general tiene 2 años para presentar una demanda por lesiones. Pero si hay una agencia del gobierno involucrada, el plazo de aviso puede llegar antes. Así que no espere.

Trayectoria

Resultados de un abogado que conoce el otro lado

La firma ha recuperado dinero de verdad para floridanos lesionados, incluidos acuerdos confidenciales y acuerdos por lo máximo que paga la póliza.

Cada caso es diferente y los resultados pasados no garantizan resultados futuros.
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Reseñas de clientes

Lo que dicen los clientes

5.0 · 80 reseñas en Google
★★★★★
Google

“Estuvo firmemente a mi lado con orientación experta y aliento genuino. Ganamos el caso — y su integridad y confiabilidad fue lo que más me impresionó.”

— Domineque Martindale · Google
★★★★★
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“Aportaron una habilidad legal excepcional, compasión y un cuidado genuino a nuestro caso. Nunca nos sentimos como un cliente más. Esta firma no solo nos representó — estuvo a nuestro lado. Siempre estaremos agradecidos.”

— Tony Neal · Google
★★★★★
Avvo

“Emanuel me ayudó en todo mi proceso de lesiones y se encargó de todo. Se comunicaba muy bien por correo y teléfono, y siempre me explicaba cómo se llevaba el caso.”

— Carol · Avvo
★★★★★
Google

“Un bufete muy profesional. El Sr. Galimidi es muy honesto y se esfuerza mucho por usted — siempre responde por correo o teléfono. Un abogado fenomenal con un corazón para la gente.”

— Sarah · Google

Resultados individuales; los resultados varían según el caso. Reseñas traducidas del inglés; los originales están en los perfiles de Google y Avvo de la firma.

Preguntas frecuentes

Preguntas — Accidentes de autobús

¿Bus privado/chárter vs. público — cuál es la diferencia?

A una empresa de buses privados, chárter o turísticos se le puede hacer totalmente responsable, sin tope. Un bus público (de tránsito, del condado, de la junta escolar) cae bajo la inmunidad soberana, la protección especial del gobierno. Eso significa plazos de aviso más cortos y límites legales sobre lo que puede cobrar.

¿Puedo demandar si un autobús me lesionó en Florida?
¿Hay un límite a lo que puedo cobrar?

En un bus privado o chárter, no hay tope. En un bus público, la ley pone un tope a lo que puede cobrar, a menos que la Legislatura apruebe un proyecto de ley de reclamo que permita más.

¿Hay un plazo especial para un bus público?

Sí. Los reclamos contra una agencia del gobierno exigen un aviso por escrito temprano, antes de poder demandar. Así que es importante actuar rápido.

Era pasajero / peatón / otro conductor — ¿puedo cobrar?

Sí. Pasajeros, peatones y otros conductores lesionados por un bus pueden tener reclamos.

¿Cuánto tiempo tengo?

Generalmente 2 años (§ 95.11(5)(a)), pero el plazo de aviso al gobierno puede llegar primero.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar un reclamo por lesiones en Florida?
¿Todavía puedo cobrar si tuve parte de la culpa?

Sí, siempre que su culpa haya sido del 50% o menos (Fla. Stat. § 768.81). Lo que le pagan se reduce según su parte de la culpa. La cifra que da el ajustador de la aseguradora para su parte es solo su primera jugada, no un fallo final. Lo decide un jurado. La evidencia de los primeros días es lo que mantiene bajo ese número.

¿Culpa parcial en Florida? La regla del 51%, explicada
¿Una condición preexistente perjudica mi caso?

No por sí sola. Si el choque empeoró una lesión o condición vieja, la ley de Florida dice que la persona que causó el choque le debe por eso. Lo que sí perjudica un caso es esconder la lesión vieja. Sea honesto con su abogado y con sus médicos.

Una lesión anterior no mata su caso

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Hablará conmigo, un abogado senior que pasó casi dos décadas trabajando para las aseguradoras. No con un gestor de casos. Sin honorarios ni costos si no recuperamos para usted.

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