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GALIMIDI LAWBufete de Lesiones del Demandante

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Abogado de muerte por negligencia en Florida

Cuando una familia demandaba por una pérdida, yo era el abogado del otro lado — durante casi dos décadas. Ahora esa experiencia pertenece a familias como la suya.

— Emanuel Galimidi, ex abogado de aseguradoras

Oficina principal en Miami · En persona o por video, en cualquier parte de la Florida

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¿Cuáles son los derechos de mi familia tras una muerte por negligencia en Florida?

Perdimos a un familiar por el descuido de alguien en Florida. ¿Quién puede demandar, y por qué cosas le pueden pagar a la familia?

Lamento su pérdida. Bajo la Ley de Muerte por Negligencia de Florida (§ 768.16–768.26), el caso lo presenta la persona que el tribunal pone a cargo de los asuntos de su ser querido (el ‘representante personal’). Lo presenta por toda la familia.

A la familia le pueden pagar por el sostén y la ayuda que daba su ser querido, la pérdida de su compañía y su guía, el dolor de un cónyuge, de los hijos y, a veces, de los padres, además de los gastos médicos y funerarios. El plazo normalmente es de 2 años desde la fecha del fallecimiento (§ 95.11(5)(e)). Si su ser querido tuvo parte de la culpa, el pago se reduce según su parte. Si tuvo más del 50% de la culpa, no hay pago (§ 768.81).

Estos casos son difíciles y personales. El objetivo es que el responsable rinda cuentas y darle seguridad a la familia. Yo los manejo con cuidado.

Los datos clave

Plazo para demandar
2 años desde la fecha del fallecimiento (§ 95.11(5)(e))
👤
Quién demanda
El representante personal (la persona que el tribunal pone a cargo del patrimonio)
Qué se recupera
Sostén perdido, compañía, dolor mental y gastos
$
Cuánto cuesta
Evaluación gratis de su caso · sin honorarios ni costos si no recuperamos para usted

Lo que hacen

Cómo las aseguradoras tratan de reducir lo que pagan

Apurar un acuerdo bajo

Presionan con una oferta rápida y baja mientras la familia está de duelo, antes de que la familia sepa cuánto vale realmente el reclamo.

Culpar al fallecido

Trasladan la culpa a su ser querido para reducir lo que pagan bajo la barrera del 50%.

Minimizar la pérdida

Tratan las pérdidas de la familia como si fueran pequeñas. Ignoran la pérdida de la compañía, la guía y el sostén de su ser querido.

Próximos pasos

Qué hacer ahora

Guarde la evidencia

No firme todavía los papeles de la aseguradora. Guarde registros, fotos y todo lo relacionado con la pérdida.

Abra el patrimonio

El tribunal debe nombrar a un representante personal antes de que se pueda presentar el reclamo. Yo puedo guiarlo en ese proceso.

Reúna los registros

Recoja registros médicos, financieros y de la relación que muestren las pérdidas de la familia.

Hable primero con un abogado

Hable con un abogado antes de darle cualquier declaración a la aseguradora.

Ley de Florida

Las reglas que deciden su reclamo

Ley de Muerte por Negligencia (§ 768.16–.26)

La ley de Florida dice qué familiares cuentan como sobrevivientes y por qué cosas les pueden pagar.

El representante personal demanda

El representante personal muchas veces es el cónyuge o un hijo adulto. Lo nombra el tribunal sucesorio. Presenta una sola demanda que cubre el reclamo de cada familiar.

Daños recuperables

La pérdida de cada familiar se cuenta por separado. La pérdida de un cónyuge no es igual a la de un hijo pequeño. Al patrimonio mismo también le pueden pagar por los ingresos que su ser querido habría ganado, y por los gastos médicos y funerarios que pagó.

Plazo de 2 años (§ 95.11(5)(e))

El plazo corre desde la fecha del fallecimiento, no desde que se abre el patrimonio. Y abrir el patrimonio toma su propio tiempo.

Quién cuenta, y qué se le debe a cada persona

No todos los que sufren la pérdida son «sobrevivientes» según la ley de Florida.

La Ley de Muerte por Negligencia traza líneas estrictas sobre quién puede recibir pago y por qué. Conocerlas desde el principio evita que la aseguradora las use contra su familia.

Los sobrevivientes que nombra la ley

El cónyuge. Los hijos menores de 25 años, y los hijos mayores cuando no hay cónyuge. Los padres de un hijo menor de 25, y los padres de un hijo mayor cuando no queda nadie más que pueda reclamar. Cualquier pariente de sangre o hermano adoptivo que dependía de su ser querido para su sustento (§ 768.18). Un prometido, una pareja de muchos años o un hijastro que nunca fue adoptado no están en la lista, por más cercanos que fueran.

Dos reclamos en una sola demanda

Cada sobreviviente tiene un reclamo personal: la pérdida de sustento y servicios, y para el cónyuge o los hijos, la pérdida de compañía y guía y su propio dolor y sufrimiento (§ 768.21). El patrimonio tiene un reclamo aparte: las cuentas médicas y funerarias, y el dinero que su ser querido habría ahorrado a lo largo de su vida. A la aseguradora le gusta ofrecer una sola cifra por todo. Yo la separo, porque las partes suman más.

Si la muerte ocurrió en un hospital

Florida tiene una regla sin equivalente en otros estados: cuando la muerte fue causada por negligencia médica, los hijos adultos de 25 años o más no pueden recibir pago por su dolor y sufrimiento al perder a un padre, y los padres tampoco por perder a un hijo adulto (§ 768.21(8)). La derogación pasó la Legislatura en 2025 y fue vetada; un proyecto de 2026 murió en el Senado. La regla limita esos casos; no los termina. Las pérdidas económicas y el reclamo del patrimonio siguen en pie, y el cónyuge o un hijo menor de 25 conserva todos sus reclamos.

Trayectoria

Resultados de un abogado que conoce el otro lado

La firma ha recuperado dinero de verdad para floridanos lesionados, incluidos acuerdos confidenciales y acuerdos por lo máximo que paga la póliza.

Cada caso es diferente y los resultados pasados no garantizan resultados futuros.
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Reseñas de clientes

Lo que dicen los clientes

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“Aportaron una habilidad legal excepcional, compasión y un cuidado genuino a nuestro caso. Nunca nos sentimos como un cliente más. Esta firma no solo nos representó — estuvo a nuestro lado. Siempre estaremos agradecidos.”

— Tony Neal · Google
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Avvo

“El tipo de abogado que todos esperan encontrar — honesto, minucioso, dedicado. Mi situación ni siquiera se convirtió en un caso, y aun así me explicó con paciencia cada opción.”

— Rev. Sonia · Avvo
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“Emanuel es un profesional muy detallista. Su comunicación es excelente. ¡¡Gracias!!”

— Jorge Sanchez · Google
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“Emanuel es un abogado talentoso y una persona aún mejor. Sus clientes siempre están primero, y siempre actúa con la máxima integridad. No confiaría en nadie más para un caso de lesiones personales en el sur de Florida.”

— Robert Meyer · Google

Resultados individuales; los resultados varían según el caso. Reseñas traducidas del inglés; los originales están en los perfiles de Google y Avvo de la firma.

Preguntas frecuentes

Preguntas — Muerte por negligencia

¿Quién puede presentar el caso?

El representante personal (la persona que el tribunal pone a cargo de los asuntos de su ser querido) demanda en nombre de los familiares que la ley reconoce como sobrevivientes.

¿Qué puede recuperar la familia?

Sostén y servicios perdidos, pérdida de compañía y guía, dolor y sufrimiento mental, y gastos médicos y funerarios.

¿Cuánto tiempo tenemos?

Generalmente 2 años desde la fecha del fallecimiento (§ 95.11(5)(e)). Algunas situaciones cambian eso, así que lo mejor es preguntar pronto.

¿Cuánto tiempo tenemos?
¿Y si nuestro ser querido tuvo parte de culpa?

El pago se reduce según la parte de culpa de su ser querido. Solo si su parte es más del 50% no hay pago. No termina automáticamente el reclamo.

¿Culpa parcial en Florida? La regla del 51%, explicada
¿Cómo se divide el dinero entre la familia?

La pérdida de cada sobreviviente se valora por separado, y el tribunal revisa y aprueba la división antes de que se pague a alguien. El reclamo de un cónyuge, el de un hijo pequeño y el de un hijo adulto son todos diferentes, y el reclamo del patrimonio por gastos médicos, funerarios y ahorros perdidos es aparte. Cuando los sobrevivientes no están de acuerdo, decide el tribunal. Explico la división propuesta a cada miembro de la familia en lenguaje claro antes de que llegue al juez.

¿Puede reclamar una pareja no casada o un hijastro?

Bajo la Ley de Muerte por Negligencia de Florida, no. La ley enumera quién cuenta como sobreviviente (§ 768.18): el cónyuge legal, los hijos, los padres y los parientes de sangre o adoptivos que dependían de la persona para su sustento. Un prometido o una pareja de muchos años no está incluido, y un hijastro solo si fue adoptado legalmente. Es una regla dura, y es una razón para hablar con un abogado antes de asumir quién puede y quién no puede ser parte del caso.

Nuestro ser querido murió por un error médico. ¿El caso es diferente?

Sí, de dos maneras. Los casos de negligencia médica requieren una investigación previa a la demanda y la opinión jurada de un experto antes de poder demandar, lo que toma tiempo frente a un plazo de dos años. Y § 768.21(8) impide que los hijos adultos de 25 años o más, y los padres de un hijo adulto, recuperen por dolor y sufrimiento en esos casos. El cónyuge o un hijo menor de 25 conserva el reclamo completo, y las pérdidas económicas las puede reclamar todos. Llame temprano; solo los pasos previos a la demanda pueden tomar meses.

¿Cuánto cuesta comenzar?

La evaluación de su caso es gratis. Usted no paga nada por adelantado. Mis honorarios salen del dinero que consigo para usted (esto se llama honorarios de contingencia). No hay honorarios ni costos si no recuperamos para usted.

¿Cuánto cuesta empezar?

Cuénteme qué pasó. La evaluación de su caso es gratis.

Hablará conmigo, un abogado senior que pasó casi dos décadas trabajando para las aseguradoras. No con un gestor de casos. Sin honorarios ni costos si no recuperamos para usted.

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Al enviar, acepta ser contactado sobre su consulta. Enviar este formulario no crea una relación abogado-cliente.

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